La “revuelta” de la judicatura
Doctor en Sociología
La judicatura ha actuado y está actuando no sólo para restablecer la ley, sino también para restaurar su función social y su legitimidad.
En España estamos viviendo dos casos de gran novedad e impacto no sólo para la democracia española, sino para la democracia entendida como sistema político universal. Me refiero a la sublevación del gobierno y parlamento de la Generalitat el 27 de octubre, y a lo que denomino: el combate de la judicatura, por el que dicho aparato del estado reivindica su autoridad deteriorada ante el reiterado desacato a sus resoluciones por parte de la clase política independentista, y de manera especifica por el gobierno de la Generalitat de Cataluña.
Una parte del Estado, la Generalitat de Catalunya, el poder descentralizado del estado se ha enfrentado contra la totalidad del Estado y el orden constitucional con la pretensión de independizarse. No usó los instrumentos de violencia física a su alcance: la policía autonómica y las policías locales o proporcionó armas a sus seguidores. En cambio, utilizó, y sigue utilizando, la desobediencia flagrante a los tribunales: Constitucional, Supremo y Superior de Catalunya, para realizar sus prácticas tendentes a la sedición y declarar la independencia. Es decir, no se trata de un golpe armado al estado, pero sí un golpe al sistema normativo y legal a través de la promoción de la acción colectiva desde el gobierno de la Generalitat y sus aparatos ideológicos y comunicativos tanto por medios legales como ilegales, desobedeciendo de manera implícita y explicita las reiteradas resoluciones judiciales. Tanto la política del gobierno de la Generalitat como del gobierno de España llevó a que fuera la judicatura, el aparato del Estado que ha tenido el mayor protagonismo para hacer frente a la ruptura del sistema constitucional.
La desobediencia a las resoluciones judiciales por parte de los políticos independentistas ha puesto en entredicho al mismo poder judicial, dado que sus decisiones, sus procedimientos, no servían para adecuar los comportamientos políticos a la legislación. Este desacato del gobierno de la Generalitat a los tribunales ha provocado la reacción social de la judicatura en su conjunto para restablecer mediante las penas a los infractores su posicionamiento como aparato de poder en el conjunto del estado de derecho. “Quien desacata las órdenes judiciales lo paga” podría ser el lema que reivindicará la acción de la judicatura para restablecer su poder quebrantado. Mi hipótesis es que la judicatura ha actuado y está actuando no sólo para restablecer la ley, sino también para restaurar su función social y su legitimidad. Cuando un estamento del estado identifica un peligro para sus intereses, y muy especialmente ve amenazada su función en el orden político se moviliza. De ser un estamento con una función “en sí” en la organización del Estado se convierte en “estamento para sí”, porque batalla por la defensa de sus derechos o de sus intereses. Son conocidas las revueltas estamentales en el caso de los militares, la policía, las universidades, pero el combate de la judicatura para restaurar su función es una novedad política, a la que estamos asistiendo.
Para afianzar su poder puesto en entredicho, la judicatura en su conjunto se ha reafirmado en un delito de rebelión para poder castigar a sus adversarios, a pesar de que no ha habido violencia armada. Ante el vacío jurídico provocado por la novedad de los delitos cometidos por un gobierno federal como es el de la Generalitat, los tribunales han optado por la imputación delictiva más grave: rebelión. Es cierto que el gobierno de la Generalitat ha ejercido coacción, como parte del Estado que es, y con los instrumentos de los que dispone. Coacción organizada hacia los sectores no independentistas, y ha proporcionado apoyo y soporte a las organizaciones que le apoyaban a través de múltiples medios, pero no violencia física. La judicatura, también ha interpretado siempre de manera desfavorable a los encausados las disposiciones legales, mostrando su animadversión a dichos políticos anti-constitucionalistas. Estas actuaciones son sin duda legales, pero tienen una interpretación claramente beligerante contra los políticos independentistas, por parte de un poder judicial. Una judicatura que, sin duda, es claramente independiente del gobierno y respetuosa con la división de poderes que exige una democracia, como ha demostrado en múltiples ocasiones, pero de manera especial, con la sentencia del caso Gürtel de financiación ilegal del partido en el gobierno, que provocó la caída del gobierno del Partido Popular presidido por D. Mariano Rajoy. Esta independencia judicial, por un lado, y la severidad no del todo justificada con el código penal vigente ponen de manifiesto que buscan el mayor castigo para quien no se somete al poder judicial.
Por la novedad del delito, la judicatura no ha contado con los dispositivos penales adecuados para restablecer su rol, y ha tenido que forzar los existentes, que resultaban claramente desfasados. Esto ha significado que la legitimidad social de los jueces se pusiera en entredicho, por resoluciones de tribunales europeos ante las propuestas de extradición. Tribunales que tampoco disponían de instrumentos jurídicos adecuados para juzgar la novedad de estos delitos, pero que interpretan los antiguos desde otra perspectiva. A la ciudadanía también le ha generado perplejidad que no se pueda inhabilitar provisionalmente a unos profesionales de la política por saltarse las leyes y las sentencias judiciales y puedan presentarse a las elecciones, y en cambio sí puedan ser enviados provisionalmente a la cárcel perdiendo sus derechos más elementales.
La “revuelta” de los jueces exige, para su conducción positiva y fortalecimiento del estado de derecho y democrático, una reforma del código penal acorde a las nuevas realidades políticas de las complejas democracias contemporáneas.